Aprobadas las bases reguladoras de las ayudas del Instituto de Fomento dirigidas a empresas, y destinadas a fomentar la innovación mediante la transformación digital (Industria Conectada)

Aprobadas las bases reguladoras de las ayudas del Instituto de Fomento dirigidas a empresas, y destinadas a fomentar la innovación mediante la transformación digital (Industria Conectada)

El pasado 5 de Abril de 2018 se publico en el BORM la Orden de 20 de marzo de 2018 por la que se aprueba las bases reguladoras de las ayudas del Instituto de Fomento de la Región de Murcia dirigidas a empresas, y destinadas a fomentar la innovación mediante la transformación digital de la industria de la Región de Murcia (Industria Conectada), cofinanciadas por el Feder.

«Es objeto de este Programa el desarrollo por parte de las PYMES industriales de la Región de Murcia de proyectos de carácter tecnológico, con el objetivo de establecer una clara mejora competitiva, que consistan en la introducción efectiva de las tecnologías digitales en la industria, permitiendo que dispositivos y sistemas colaboren entre ellos, y con otras industrias, para mejorar los productos, los procesos y los modelos de negocio.»

Los proyectos necesariamente contendrán las tres categorías que se muestran a continuación, y finalizarán por tanto en una aplicación de gestión intraempresa o inter-empresa.

Categoría 1.- Tecnologías que permiten la hibridación del mundo físico (materiales y productos, maquinaria e instalaciones) y el digital, en el que la digitalización aportará información y control sobre los procesos/productos, que se canaliza y procesa con la segunda Categoría de tecnologías. A modo indicativo y no exhaustivo esta categoría incluye las siguientes tecnologías: realidad aumentada e impresión 3D; automatización avanzada, robótica y vehículos no tripulados; Internet de las Cosas; sistemas inteligentes embebidos.

Categoría 2.- Tecnologías de la comunicación y tratamiento de los datos adquiridos por la primera Categoría de tecnologías. A modo indicativo y no exhaustivo esta categoría incluye las siguientes tecnologías: Cloud computing, Ciberseguridad, Tecnologías de la comunicación.

Categoría 3.- Tecnologías que permitan dotar de inteligencia y control extremo a extremo de la Cadena de Valor de la empresa (Aplicación intraempresa), especialmente en los ámbitos de la fabricación y la logística; así como el desarrollo de plataformas de conexión entre empresas para el trabajo colaborativo y la integración online de las Cadenas de Valor de proveedores y otras empresas (Aplicación inter-empresa). A modo indicativo y no exhaustivo esta categoría incluye las siguientes tecnologías: Big Data e inteligencia de negocio, tecnologías de la información para el desarrollo de plataformas colaborativas inter-empresas/de gestión de flujos, y para el desarrollo de aplicaciones en todo el ámbito de la cadena de valor de la empresa.

Beneficiarios pymes que realicen proyectos tendentes a la transformación digital de la industria de la Región de Murcia (Industria Conectada)

Financiación: Cada convocatoria establecerá el crédito disponible máximo y su partida presupuestaria (En espera de publicación convocatoria)

Cuantía de la subvención: Se establecerá en las convocatorias la cuantía máxima de subvención a aportar por el Instituto de Fomento a cada beneficiario que, en ningún caso podrá exceder de cien mil euros (100.000,00 €). La intensidad máxima de la subvención no podrá ser superior al 50% en términos de subvención bruta sobre el gasto subvencionable.

Presentación de solicitudes: Los interesados, deberán dirigir su solicitud a la Presidencia del Instituto de Fomento mediante la presentación por medios electrónicos de solicitudes y documentación complementaria.

Justificación y comprobación de subvenciones:  El beneficiario tendrá un plazo máximo de doce (12) meses a partir de la notificación de la resolución de la concesión de la subvención para ejecutar el proyecto aprobado, este plazo podrá ampliarse hasta en la mitad del mismo en aquellos casos en los que el beneficiario acredite suficientemente causas no imputables a él, por las que se haya demorado la finalización del proyecto, que en cualquier supuesto deberá estar ejecutado en, al menos, un 25 %.

+ Información: 968904808 / asesoramiento@ceeim.es

Publicación BORM

Situación actual de la ayuda: en espera de publicación de la convocatoria en el BORM.

Fecha fin solicitud: pendiente definir en la convocatoria.